
El Grupo Baraka, fundado por Trinitario Casanova, y los reversionistas afectados de los terrenos de la Operación Chamartín, han conseguido que el informe de la Abogacía del Estado que supuestamente no existía aparezca después de siete años.
El Confidencial publica que el recurso de Trinitario Casanova ante los tribunales, después de que los servicios jurídicos estatales le negasen la existencia del dictamen de la abogacía, ha logrado que la propia abogacía reconozca que cometió un error y que hay un informe sobre los derechos de los reversionistas.
Según la información de El Confidencial el informe aparece pocos meses después de ADIF y Renfe vendiesen los terrenos de la Operación Chamartín al BBVA. El diario explica que los servicios jurídicos alegaron que “a pesar de la búsqueda exhaustiva que se realizó y de no obrar el informe en ninguno de los registros informáticos de la Abogacía General del Estado, con los datos identificativos que aportaba el solicitante, se ha continuado la búsqueda, lo que ha permitido encontrar el documento en otros archivos físicos”.
Adif ha mantenido durante todos estos años que los derechos de reversión sobre los terrenos ya no existían desde 1999 y se agarraba a ese dictamen ‘fantasma’ para mantener su postura.
Unos derechos que son una reclamación de los propietarios originales de los terrenos donde se levanta la estación de Chamartín, a quienes el Gobierno expropió para hacer la infraestructura. Al cambiar el uso y vender los terrenos para hacer viviendas, oficinas y comercios, estos antiguos propietarios defienden su derecho a recuperar la propiedad o ser indemnizados.
Con la aparición del dictamen de la Abogacía del Estado, tanto Baraka como los reversionistas entienden que éste avala su posición en contra de Adif, ya que reconoce que la disputa existe y las consecuencias que tendría si finalmente los reversionistas ganan el pleito.
El informe explica que señala “las modificaciones contractuales que se introduzcan sobre esta materia deberían prever la necesaria constancia escrituraria y registral de la situación litigiosa de los bienes objeto de un procedimiento o proceso de reversión cuando se proceda a transmitirlos por Renfe (ahora también Adif) a DUCH (ahora CREA)”.
Además, subraya que “no se deberían excluir del contrato las previsiones sobre las consecuencias que tendría la eventual ejecución “in natura” del derecho de reversión que (en hipótesis, no por remota imposible) pudiera reconocerse sobre alguna de las parcelas objeto del contrato, sin perjuicio de que puedan incluirse previsiones sobre responsabilidades indemnizatorias si la reversión in natura no fuera posible”.
Trinitario Casanova y la asociación No Abuso lograron en abril del año pasado que la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJM (Tribunal Superior de Justicia de Madrid) acordara la medida cautelar pedida por Baraka, consistente en la anotación preventiva en todas las fincas que reclama el empresario, del recurso contencioso-administrativo que sigue pendiente de resolverse en esa instancia.
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